En la conciliación usted es el protagonista de su propio acuerdo. Resuelva sus diferencias con clientes, arrendatarios o proveedores, a través de un proceso sencillo rápido y confidencial entre las partes.
Es un mecanismo de resolución de conflictos a través del cual, dos o más personas (naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras) gestionan por sí mismas, la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador.
- Rapidez
El trámite se desarrolla y se agota en una única audiencia. - Evita pleitos
Pone fin a los conflictos existentes o evita uno eventual. - Economía
Se ahorran los costos que implica un largo proceso judicial. - Validez Jurídica
El acuerdo conciliatorio tiene los mismos efectos de una sentencia judicial - Cosa Juzgada
El conflicto que se resuelve en audencia, no puede ser discutido nuevamente en otra instancia - Confidencialidad
La información de la audiencia es reservada - Exigible
El acta de Conciliación presta mérito ejecutivo